Se aprobó la Ley Justina que modifica el régimen de donación de órganos

El pasado 4 de julio, la cámara de diputados sancionó por unanimidad el proyecto de “Ley Justina”. La ley fue sancionada por 202 votos a […]

El pasado 4 de julio, la cámara de diputados sancionó por unanimidad el proyecto de “Ley Justina”. La ley fue sancionada por 202 votos a favor, sin abstenciones. Fue el final de una sesión emotiva, que terminó con todos los diputados aplaudiendo de pie. A partir de esta ley -sólo falta que el Ejecutivo la reglamente- todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria. Esto marca un antes y un después en la donación de órganos en Argentina.

El proyecto ya había sido aprobado en el Senado (también con unanimidad) el 30 de mayo y en Diputados no necesitó discusión. Con pleno consenso se votó la ley, que adopto el nombre de Justina Lo Cane, la nena de 12 años que falleció el 22 de noviembre de 2017 por no recibir un trasplante de corazón a tiempo. Al igual que cuando se debatió en el Senado, los padres, hermanos y abuelos de Justina estuvieron presentes en el recinto. Ellos fueron quienes impulsaron esta nueva ley.

Según datos del INCUCAI, en la actualidad 7.733 pacientes -entre ellos 250 son niños y adolescentes- esperan un trasplante de órganos y 2.961 un trasplante de tejidos. Además, 3 mil esperan un trasplante de córneas y unas 30 mil personas están en diálisis. Hasta ahora, solo donaban 13 personas por cada millón de habitantes. Con esta nueva ley se podrá realizar la extracción de órganos y/o tejidos a toda persona capaz mayor a 18 años que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la quita de los mismos. Este cambio en la ley es determinante porque implica que los familiares de algún fallecido ya no serán los encargados de autorizar la donación.

Esta nueva ley prevé que los establecimientos de salud habilitados para hacer trasplantes cuenten con los servicios destinados a la donación, que permitirá detectar, evaluar y tratar al donante. La ley propone que tanto los hospitales públicos y privados deben contar con servicios destinados a la donación de órganos y al tratamiento del paciente. Se creerá el Servicio de Procuración que deberá contar con al menos un médico que detecte potenciales donantes, asesore a las familias y garantice el proceso de donación. También se establece la capacitación para los profesionales que formen parte del proceso de donación y trasplante.

La iniciativa también impondrá la obligación a los profesionales médicos de notificar al INCUCAI los tratamientos de diálisis que le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un trasplante. Establece que para asegurar la calidad de todo lo relativo a donación y trasplante, se deberá destinar como mínimo un 20% de los recursos del Fondo Solidario de Trasplantes a capacitación. El proyecto aprobado, además, incorpora la donación cruzada en el caso de trasplante de riñón (con donante vivo) y establece la prioridad en los vuelos para los pacientes que son parte de un operativo de trasplante. Por otra parte, en el caso de los menores se posibilita la obtención de la autorización para la ablación por los dos padres o por aquel que se encuentre presente en el momento. Además, se van a simplificar los procesos que requieren la intervención de la Justicia.

Sin embargo, no todos están de acuerdo con esta nueva ley. Un gran número de personas ya han dejado constancia de que no quieren donar sus órganos una vez que pierdan la vida. En el Registro Nacional de Expresiones de Voluntad, lista abierta por el INCUCAI en el año 2006, 1.058.578 de personas se anotaron para no donar sus órganos.

Luca Agnoletti