El tenista argentino Romeo Arcuschin, de 19 años, fue suspendido por 20 meses luego de que un tribunal independiente concluyera que ingirió de manera involuntaria dos productos incluidos en la lista de sustancias prohibidas durante un tratamiento médico.
El jugador había sido sancionado provisionalmente en febrero de 2026 por la Agencia Internacional de Integridad del Tenis (ITIA), después de haber dado positivo en un control antidoping realizado el 15 de diciembre de 2025, cuando participaba de un torneo ITF World Tennis Tour M15 en Lima, Perú.
El análisis de la muestra detectó las presencias de estanozolol y clomifeno, dos sustancias prohibidas por las normas antidopaje. El caso fue comunicado públicamente el 16 de febrero, cuando la ITIA notificó oficialmente al tenista sobre una posible infracción y estableció una suspensión provisional mientras avanzaba la investigación.
En marzo, el organismo encargado de controlar la integridad del tenis informó que la muestra A había revelado la presencia de un metabolito de estanozolol, una sustancia perteneciente al grupo de los agentes anabólicos. Posteriormente, el análisis de la muestra B confirmó el resultado.
Sin embargo, la detección de las sustancias no fue el punto final del expediente. Arcuschin reconoció que los productos estaban presentes en su organismo, aunque tanto el jugador como la ITIA no lograron ponerse de acuerdo respecto del nivel de responsabilidad que debía atribuirse al argentino. Ante esa situación, el caso fue remitido a un tribunal independiente.
La audiencia se llevó a cabo el 11 de agosto de 2026 y allí se analizaron las circunstancias que llevaron al tenista a ingerir las sustancias prohibidas.
Durante el proceso quedó establecido que Arcuschin había acudido a un especialista médico después de atravesar un período particularmente complejo desde el punto de vista físico, marcado por una lesión, una intervención quirúrgica y el posterior proceso de rehabilitación. En ese contexto, un médico especializado en medicina deportiva le indicó un tratamiento que debía extenderse durante 30 días.
Según la resolución de la ITIA, los medicamentos habían sido preparados especialmente para el jugador y contenían estanozolol y clomifeno. El objetivo del tratamiento era combatir la atrofia muscular que había sufrido como consecuencia del tiempo de inactividad provocado por su lesión y la recuperación posterior.
Uno de los elementos determinantes para el tribunal fue que Arcuschin no había recibido información por parte del médico acerca de los componentes de los medicamentos que le habían sido indicados. A esto se sumó una circunstancia particularmente relevante: los productos que recibió el tenista estaban almacenados en recipientes sin etiquetas, por lo que no contaban con información que permitiera identificar su contenido.
A partir de las pruebas presentadas durante la audiencia, el tribunal independiente consideró que el ingreso de las sustancias prohibidas al organismo del jugador había sido involuntario. Es decir, no se estableció que Arcuschin hubiera buscado consumir estanozolol o clomifeno con el objetivo de obtener una ventaja deportiva.
De todos modos, la normativa antidopaje contempla sanciones incluso cuando la presencia de una sustancia prohibida no responde a una intención de mejorar el rendimiento. Por ese motivo, el tribunal determinó una suspensión de 20 meses para el tenista argentino.
Pedro Di Toro – 2°A Turno Mañana
