Ley de celiaquía

La realización de la ley consiste en la investigación, prevención y diagnostico para tratar esta enfermedad. Con ella, los celiacos se nutren de beneficios para […]

La realización de la ley consiste en la investigación, prevención y diagnostico para tratar esta enfermedad. Con ella, los celiacos se nutren de beneficios para lograr controlarla. Asimismo, es una patología costosa para las clases populares.

Cada vez más personas descubren que son portadoras del gen que no les permite ingerir derivados, contaminados, ni ningún alimento que tenga contacto con el gluten. No sólo se encuentra en las harinas, sino también en el trigo, avena, centeno y cebada: el TACC. Estos son los productos que consumimos cotidianamente.  La celiaquía es considerada la enfermedad intestinal crónica más frecuente.

Los alimentos que, obligadamente, consume una persona celiaca poseen precios mayores (60%) que otros productos de consumo popular. Por ejemplo, un paquete de fideos (de harina común) cuesta, aproximadamente, $20. En cambio, para un celiaco entre $45 y $70. Es por ello que, se está intentado hacer cumplir una ley que quite el costo del IVA a los productos de celíacos. El golpe al bolsillo debido a la suba de precios y ajustes, es aún más fuerte para quien sufre esta enfermedad.  La celiaquía no tiene cura, su calidad de vida depende de las posibilidades que tienen de cumplir con la dieta libre de gluten (sin TACC).

 

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En el año 2009 fue aprobada la Ley de Celiaquía número 26.588, sin embargo fue reglamentada en el 2011. Ese mismo año se decretó el 5 de mayo como el Día Internacional de la Celiaquía. En la actualidad, el desafío consiste controlar que esta ley se cumpla.  Quienes padecen esta patología y sus familias luchan por el derecho a vivir sin TACC.

Otra ley que se está debatiendo e intentado que el congreso la delibere, es la ley de salud pública, número 27196. Dicha ley, propone que haya en cada lugar dónde se comercializan productos alimenticios, (kioscos, restaurantes, locales de comidas rápidas, entre otros)  al menos, un menú libre de gluten.

Estos son algunos de los puntos a discutir:

ARTÍCULO 1° — Incorpórese como artículo 4° bis a la ley 26.588, de enfermedad celíaca, el siguiente:
Artículo 4° bis: Las instituciones y establecimientos que se enumeran a continuación deben ofrecer al menos una opción de alimentos o un menú libre de gluten (sin TACC) que cumpla con las condiciones de manufactura y los requerimientos nutricionales por porción, que certifique la autoridad de aplicación:
a) Los lugares destinados a personas en situación de privación de la libertad.
b) Establecimientos sanitarios con internación pertenecientes al sector público, privado y de la seguridad social.
c) Los lugares de residencia y/o convivencia temporal o permanente que ofrezcan alimentos.
d) Los comedores y kioscos de instituciones de enseñanza.
e) Las empresas de transporte aéreo, terrestre y acuático que ofrezcan servicio de alimentos a bordo.
f) Los restaurantes y bares.
g) Los kioscos y concesionarios de alimentos de las terminales y los paradores de transporte.
h) Los locales de comida rápida.
i) Los que determine la autoridad de aplicación en coordinación con las jurisdicciones de conformidad con la disponibilidad de los ya establecidos en el presente artículo.

La Asociación Celiaca Argentina, que  anualmente reúne a empresas, profesionales de la salud, personas que la padecen y familiares, congregó para el próximo 16 y 17 de julio una ExpoCelíaca. Mencionado evento, se desarrollará en el Centro Salguero de Buenos Aires.

En este acontecimiento se dictaran los siguientes talleres:

  • Conferencia de expertos
  • Degustación y sorteos de producción
  • Talleres de cocina
  • Actividades para niños
  • Productos a precios preferenciales

Esta iniciativa, tiene como objetivo impulsar la producción y comercialización de alimentos libres de gluten en el país. Asimismo, generará un punto de encuentro con la comunidad celíaca.

 

Mateo Casas, Harold Castillo y Florencia Paz, 2°B TM.